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Pullaro puso en marcha el operativo para aplicar la ley antitrapitos: cómo será
El gobierno de Maximiliano Pullaro puso en marcha el procedimiento para aplicar la ley antitrapitos en Santa Fe. A través de la Resolución 3481/2026, firmada por el ministro de Justicia y Seguridad,...
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El gobierno de Maximiliano Pullaro puso en marcha el procedimiento para aplicar la ley antitrapitos en Santa Fe. A través de la Resolución 3481/2026, firmada por el ministro de Justicia y Seguridad, Pablo Cococcioni, la Provincia intimó a los municipios a informar "si cuentan con normativa local vigente que prohíba, total o parcialmente" la actividad de cuidacoches y lavadores de vehículos en la vía pública, y abrió una instancia de "coordinación" para avanzar con su implementación.
La resolución establece un plazo de 15 días hábiles para informar acerca de cada normativa y el relevamiento deberá incluir el número y la fecha de la norma, la autoridad que la dictó, las actividades alcanzadas, las zonas y los horarios de aplicación, las posibles excepciones y el organismo local responsable de hacerla cumplir. Además, los municipios tendrán que adjuntar una copia o un enlace oficial que permita verificar el texto y su vigencia.
Sin embargo, la intervención policial no será automática. Según el artículo 3 de la resolución, para que la Policía pueda actuar en una jurisdicción deberán cumplirse tres condiciones. La primera es que "exista y se acredite" una normativa local vigente que prohíba la actividad. La segunda es la celebración de un acuerdo de colaboración entre el municipio y el Ministerio de Justicia y Seguridad. La tercera es que el gobierno local presente un pedido concreto de intervención "por la vía ministerial correspondiente".
Una vez cumplidos estos pasos, la actuación policial tendrá como objetivo "hacer cesar la situación considerada antijurídica mediante el desplazamiento de los presuntos infractores del espacio público donde se desarrolle la actividad". La resolución aclara que esto "no modifica las competencias municipales" en materia de promoción de acciones contravencionales.
En paralelo, el Ministerio invitará a los gobiernos locales que ya cuenten con normas prohibitivas a firmar acuerdos de colaboración. Esos convenios deberán establecer quiénes serán los responsables en cada jurisdicción, cómo se actualizará la información normativa, cuáles serán los canales de comunicación y de qué manera se solicitarán y registrarán las intervenciones policiales.
La resolución también faculta a la Subsecretaría Legal y Técnica, junto con la Secretaría de Seguridad Pública, a elaborar un modelo de convenio y los protocolos administrativos y operativos necesarios.
EL CASO DE ROSARIO
En Rosario, la aplicación del nuevo régimen también depende de una decisión del Concejo Municipal. El cuerpo tiene a consideración un proyecto presentado por el concejal oficialista Federico Lifschitz para adherir a la ley provincial e incorporar la prohibición de la actividad no autorizada de cuidacoches y lavadores de vehículos al Código de Convivencia local.
La iniciativa contempla controles prioritarios en zonas de estacionamiento medido, perímetros concesionados, corredores comerciales y gastronómicos, sectores de nocturnidad y alrededores de centros de salud. También propone operativos especiales durante eventos masivos, deportivos, culturales y espectáculos públicos.
La llamada "ley antitrapitos" fue sancionada definitivamente por la Legislatura santafesina el 17 de septiembre, cuando el Senado insistió por unanimidad con el texto original impulsado por el senador rosarino Ciro Seisas. La norma incorporó tres artículos al Código de Convivencia provincial y estableció un régimen de adhesión para municipios y comunas.
La resolución establece un plazo de 15 días hábiles para informar acerca de cada normativa y el relevamiento deberá incluir el número y la fecha de la norma, la autoridad que la dictó, las actividades alcanzadas, las zonas y los horarios de aplicación, las posibles excepciones y el organismo local responsable de hacerla cumplir. Además, los municipios tendrán que adjuntar una copia o un enlace oficial que permita verificar el texto y su vigencia.
Sin embargo, la intervención policial no será automática. Según el artículo 3 de la resolución, para que la Policía pueda actuar en una jurisdicción deberán cumplirse tres condiciones. La primera es que "exista y se acredite" una normativa local vigente que prohíba la actividad. La segunda es la celebración de un acuerdo de colaboración entre el municipio y el Ministerio de Justicia y Seguridad. La tercera es que el gobierno local presente un pedido concreto de intervención "por la vía ministerial correspondiente".
Una vez cumplidos estos pasos, la actuación policial tendrá como objetivo "hacer cesar la situación considerada antijurídica mediante el desplazamiento de los presuntos infractores del espacio público donde se desarrolle la actividad". La resolución aclara que esto "no modifica las competencias municipales" en materia de promoción de acciones contravencionales.
En paralelo, el Ministerio invitará a los gobiernos locales que ya cuenten con normas prohibitivas a firmar acuerdos de colaboración. Esos convenios deberán establecer quiénes serán los responsables en cada jurisdicción, cómo se actualizará la información normativa, cuáles serán los canales de comunicación y de qué manera se solicitarán y registrarán las intervenciones policiales.
La resolución también faculta a la Subsecretaría Legal y Técnica, junto con la Secretaría de Seguridad Pública, a elaborar un modelo de convenio y los protocolos administrativos y operativos necesarios.
EL CASO DE ROSARIO
En Rosario, la aplicación del nuevo régimen también depende de una decisión del Concejo Municipal. El cuerpo tiene a consideración un proyecto presentado por el concejal oficialista Federico Lifschitz para adherir a la ley provincial e incorporar la prohibición de la actividad no autorizada de cuidacoches y lavadores de vehículos al Código de Convivencia local.
La iniciativa contempla controles prioritarios en zonas de estacionamiento medido, perímetros concesionados, corredores comerciales y gastronómicos, sectores de nocturnidad y alrededores de centros de salud. También propone operativos especiales durante eventos masivos, deportivos, culturales y espectáculos públicos.
La llamada "ley antitrapitos" fue sancionada definitivamente por la Legislatura santafesina el 17 de septiembre, cuando el Senado insistió por unanimidad con el texto original impulsado por el senador rosarino Ciro Seisas. La norma incorporó tres artículos al Código de Convivencia provincial y estableció un régimen de adhesión para municipios y comunas.
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