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La Justicia federal ordenó al Gobierno nacional realizar la “inmediata y urgente reparación integral” de las rutas nacionales 7, 8 y 33 en los tramos que atraviesan el departamento General López, al sur de Santa Fe. La medida fue dispuesta por el juez federal de Venado Tuerto, Aurelio Antonio Cuello Murúa, quien hizo lugar a una acción de amparo presentada por la senadora provincial Leticia Di Gregorio contra la Dirección Nacional de Vialidad.

En su resolución, el magistrado sostuvo que quedó acreditado el grave estado de deterioro de las calzadas y ordenó ejecutar las obras necesarias para garantizar la “transitabilidad plena” y preservar la seguridad de quienes utilizan esos corredores. Uno de los principales focos del fallo está puesto en la ruta 33, donde describió la presencia de “importantes grietas, hundimientos, baches y ahuellamientos” que representan un riesgo para los usuarios.

El juez también señaló que el propio organismo nacional había reconocido la situación crítica de la ruta 33. Según consta en el expediente, autoridades del Distrito Santa Fe de Vialidad habían advertido que “el estado de la ruta necesita de manera urgente intervención”. Si bien se había adjudicado una licitación para realizar trabajos de reparación, las obras quedaron paralizadas por falta de autorización de las partidas presupuestarias necesarias.

Respecto de las rutas 7 y 8, el fallo cuestionó la insuficiencia de las tareas de mantenimiento. En la primera, consideró que los trabajos de bacheo realizados no alcanzaron para garantizar una conservación adecuada del tramo, mientras que en la ruta 8 señaló que Vialidad había labrado 55 actas por incumplimientos contractuales de la concesionaria Corredores Viales S.A., sin que las deficiencias fueran corregidas de manera integral. El magistrado también rechazó el argumento de la empresa de que sus obligaciones no incluían tareas de repavimentación y sostuvo que sí debía realizar trabajos de mejora, reparación y mantenimiento.

Uno de los puntos centrales de la sentencia es que el Estado nacional no puede desligarse de su responsabilidad por los cambios en el sistema de concesiones viales. Cuello Murúa sostuvo que la distribución interna de competencias no puede convertirse en un obstáculo para garantizar la seguridad de los usuarios y que la participación de empresas concesionarias no exime al Estado de cumplir con la orden judicial.

En los fundamentos, el juez consideró que el deterioro de las rutas afecta derechos fundamentales como la vida, la salud, la seguridad vial y la libre circulación. Por eso, estableció que las obras deberán ser ejecutadas por el Estado nacional, a través de la Dirección Nacional de Vialidad, del organismo que eventualmente lo reemplace o de las empresas concesionarias que correspondan, pero dejó en claro que la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de la sentencia continúa en manos del Gobierno nacional.